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Llaves, calculadora y documentos asociados a la compra de una vivienda

Impuestos y gastos

Gastos de compra de una vivienda: qué pagas además del precio

Todos los gastos que acompañan a la compra de una vivienda, diferenciando entre obra nueva y segunda mano, y qué parte asume el banco en la hipoteca.

Autoría
Equipo MasterBroker
Última revisión
Lectura
5 minutos
En esta guía

La idea clave

Comprar una vivienda cuesta más que su precio. A la entrada hay que sumarle impuestos y gastos de formalización que, como orientación comúnmente citada, rondan el 10–12 % del precio de compra.

La cifra exacta depende sobre todo de dos cosas: si la vivienda es nueva o de segunda mano y en qué comunidad autónoma está, porque el impuesto principal cambia en cada caso.

Estos gastos normalmente no los financia el banco, así que deben salir de tu ahorro. Conviene tenerlos claros antes de firmar unas arras.

Dos tipos de gastos: los de la compra y los de la hipoteca

El día de la firma se otorgan en notaría dos escrituras: la de compraventa y la del préstamo hipotecario. Cada una genera sus gastos, y el reparto es muy distinto:

  • Escritura de compraventa

    La paga, en la práctica, el comprador:

    • El impuesto: ITP si es de segunda mano; IVA y AJD si es obra nueva
    • Notaría
    • Registro de la Propiedad
    • Gestoría, si tramita la escritura
  • Escritura de hipoteca

    Desde la Ley 5/2019, casi todo lo paga el banco:

    • Banco: notaría, Registro, gestoría y AJD de la hipoteca
    • Tú: la tasación y las copias de la escritura que solicites

Gastos de la compraventa

1. Impuestos: la partida más importante

Si la vivienda es de segunda mano, pagas el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales (ITP). Es un impuesto cedido a las comunidades autónomas, y cada una fija su tipo.

Según la comunidad, el tipo general se mueve aproximadamente entre el 6 % y el 10 % del valor de la vivienda. En Cataluña, el tipo general es del 10 % para la mayor parte de las compras, con tramos superiores para los inmuebles de mayor valor.

Casi todas las comunidades tienen tipos reducidos para determinados compradores: jóvenes, familias numerosas o monoparentales, personas con discapacidad o compra de vivienda protegida, normalmente con límites de renta y de precio. Merece la pena comprobar si cumples alguno, porque la diferencia es considerable.

Un detalle importante: el impuesto se calcula sobre el precio de compra o sobre el valor de referencia de Catastro, si este es mayor. Puedes consultar ese valor en la sede electrónica del Catastro antes de comprar.

Si la vivienda es nueva y la compras al promotor, en lugar de ITP pagas:

  • IVA, al tipo del 10 % del precio, con un tipo reducido para determinadas viviendas protegidas. En Canarias se aplica el IGIC en su lugar.
  • Actos Jurídicos Documentados (AJD) por la escritura de compraventa, con un tipo que fija cada comunidad y que suele situarse entre el 0,5 % y el 1,5 %.

2. Notaría

Los honorarios del notario por la escritura de compraventa están regulados por un arancel oficial, igual en toda España, y dependen del precio de la vivienda y de la extensión del documento. Tienes derecho a elegir notario.

3. Registro de la Propiedad

Inscribir la compra a tu nombre también tiene un coste sujeto a arancel, en función del valor del inmueble. Suele ser inferior al de la notaría.

4. Gestoría

Si hay hipoteca, el banco encarga a una gestoría la liquidación de impuestos y la presentación de las escrituras en el Registro. La gestoría de la hipoteca la paga el banco, pero la tramitación de la escritura de compraventa puede tener un coste para ti. Sus honorarios son libres, así que conviene pedir presupuesto.

Gastos de la hipoteca

El reparto que ves arriba lo fija la Ley 5/2019, reguladora de los contratos de crédito inmobiliario. Además, el banco puede cobrar una comisión de apertura, si así se pacta. No todas las hipotecas la tienen, y es uno de los puntos que se negocian.

La tasación la realiza una sociedad homologada y su precio depende del inmueble. Tienes más detalles en nuestra página sobre la tasación de vivienda.

Otros costes que conviene prever

  • Seguro de hogar. El banco exige, como mínimo, un seguro de daños sobre la vivienda hipotecada. Puedes contratarlo con la aseguradora que prefieras.
  • Seguros y productos bonificados. Seguro de vida, domiciliación de nómina, tarjetas u otros. No son obligatorios, pero suelen rebajar el tipo de interés. Hay que valorar si la rebaja compensa su coste.
  • Honorarios de la inmobiliaria, si en tu zona o en tu operación los asume el comprador.
  • Honorarios de intermediación hipotecaria, si contratas un bróker. Deben comunicarse por escrito antes de iniciar el servicio.
  • Mudanza, altas de suministros, reformas y mobiliario. No son gastos de compra en sentido estricto, pero salen del mismo bolsillo y en las mismas semanas.

Lo que paga el vendedor

Para completar el cuadro: el vendedor asume la plusvalía municipal, salvo pacto distinto, la cancelación registral de su hipoteca si la tuviera, el certificado energético y su tributación en el IRPF por la ganancia obtenida. Conviene que el contrato de arras deje claro este reparto.

Cómo calcular tu ahorro necesario

Una forma sencilla de estimarlo:

Lo que pagas además del precio

  1. Entrada
  2. Impuestos
  3. Notaría y registro
  4. Gestoría y tasación
  5. Ahorro necesario
  • Entrada: la parte del precio no financiada. Con una hipoteca al 80 %, el 20 % del precio.
  • Impuesto principal: aplica al precio el tipo de ITP de tu comunidad, o el 10 % de IVA más el AJD si es obra nueva.
  • Notaría, registro, gestoría y tasación: añade un margen adicional, que en una vivienda de precio medio suele suponer en conjunto entre el 1 % y el 2 % del precio.

La suma de los dos últimos puntos es la que suele situarse en el entorno del 10–12 %. Sumada a la entrada, explica por qué se habla de tener ahorrado en torno al 30 % del precio.

La calculadora de capacidad de compra tiene en cuenta estos gastos al estimar el precio al que puedes aspirar.

Dónde verificar las cifras

Los tipos impositivos cambian con cierta frecuencia. Antes de cerrar tu presupuesto, comprueba los vigentes en la web de la agencia tributaria de tu comunidad autónoma, o pide a la gestoría o a la notaría una provisión de fondos detallada. Esta guía es informativa y no constituye asesoramiento fiscal.

Herramientas

Calcula tu caso

  • Capacidad de compra

    A partir de tus ingresos, deudas y ahorro, estima el precio máximo de vivienda razonable.

Transparencia editorial

Información revisada y fuentes

Revisión
Equipo MasterBroker · Asesores hipotecarios
Última revisión

Equipo editorial de MasterBroker, marca de Vemo Advisers SL dedicada a la intermediación hipotecaria. Escribimos para explicar las hipotecas con claridad, sin tecnicismos innecesarios y sin promesas que no dependan de nosotros.

La información es orientativa. Los criterios bancarios, impuestos y normas pueden cambiar; comprueba siempre las condiciones aplicables a tu operación.

Preguntas frecuentes sobre los gastos de compra

¿Se pueden financiar los gastos de compra con la hipoteca?

Por regla general, no. El banco financia un porcentaje del valor de la vivienda, y los gastos e impuestos se pagan con fondos propios. Financiar también los gastos es una excepción reservada a determinados perfiles y operaciones, normalmente con garantías adicionales. Lo prudente es contar con ese ahorro.

¿Cuándo se pagan estos gastos?

La mayoría, en torno al día de la firma. Lo habitual es que la gestoría te pida una provisión de fondos unos días antes, con la que paga impuestos, notaría y registro. Semanas después te envía la liquidación final con las facturas y te devuelve el sobrante, si lo hay. La tasación se paga antes, al encargarla.

¿Qué gastos de la hipoteca paga el banco?

Desde la Ley 5/2019, el banco paga la notaría de la escritura de préstamo, el Registro, la gestoría y el AJD de la hipoteca. A ti te corresponden la tasación, las copias que pidas y la comisión de apertura, si existe. Ver el reparto.

¿Qué es el valor de referencia de Catastro?

Es un valor que la Dirección General del Catastro asigna cada año a los inmuebles a partir de los precios de compraventas reales. Sirve como base mínima para calcular el ITP y otros impuestos: si es superior al precio que pagas, tributas por el valor de referencia. Puedes consultarlo tú mismo en la sede electrónica del Catastro.

¿Hay rebajas de impuestos para jóvenes?

Muchas comunidades autónomas aplican tipos reducidos de ITP o AJD a compradores jóvenes, habitualmente con condiciones de edad, renta y precio máximo de la vivienda, y siempre que sea su vivienda habitual. Los requisitos cambian entre comunidades y con el tiempo, así que conviene consultarlos en la agencia tributaria autonómica.