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Hipotecas

Hipoteca inversa: tu vivienda como complemento para la jubilación

Una decisión importante que conviene tomar despacio, en familia y con toda la información. Te la explicamos sin prisas.

Qué es una hipoteca inversa

Es un préstamo con garantía de tu vivienda pensado para personas mayores. Funciona al revés que una hipoteca normal: en lugar de pagar tú una cuota al banco, es la entidad la que te entrega dinero a ti, en forma de renta mensual, de un importe único o de una combinación de ambos. Tú sigues siendo propietario y puedes seguir viviendo en tu casa.

La deuda, con sus intereses, no se devuelve mes a mes: se acumula y vence cuando fallece el titular o el último de los beneficiarios designados. En ese momento son los herederos quienes deciden qué hacer.

Quién puede solicitarla

La normativa española (Ley 41/2007) regula la hipoteca inversa para personas de 65 años o más, o en situación de dependencia o con un grado de discapacidad igual o superior al 33 %. Para acceder a los beneficios previstos en esa ley, la garantía debe ser la vivienda habitual del solicitante.

El importe que puedes recibir depende sobre todo de tu edad y del valor de tasación de la vivienda: a mayor edad y mayor valor, mayor cantidad.

Qué ocurre con los herederos

Al fallecimiento, los herederos reciben la vivienda junto con la deuda acumulada, y pueden:

  • Quedarse con la vivienda, devolviendo la deuda con fondos propios o con una nueva hipoteca.
  • Vender la vivienda, cancelar la deuda con el dinero obtenido y quedarse con el resto.

Por eso recomendamos hablarlo en familia antes de decidir.

Cómo te ayudamos

  • 01

    Explicación sin tecnicismos

    Te explicamos a ti, y a tu familia si quieres, cómo funciona y qué implica a largo plazo.

  • 02

    Comparación de opciones

    Pocas entidades ofrecen este producto y sus condiciones difieren. Las comparamos con criterios homogéneos.

  • 03

    También las alternativas

    Valoramos contigo si encaja mejor otra solución, como la venta de la nuda propiedad o una renta vitalicia.

  • 04

    Sin prisas

    Es una decisión de gran alcance. Respetamos tus tiempos y los del asesoramiento independiente que exige la ley.

El proceso

  1. 1

    Conversación inicial

    Entendemos qué necesitas: un complemento mensual, una cantidad para un gasto concreto o ambas cosas.

  2. 2

    Tasación de la vivienda

    Una sociedad de tasación homologada determina el valor sobre el que se calcula la operación.

  3. 3

    Propuestas de las entidades

    Solicitamos ofertas y te las explicamos: importe, tipo de interés, gastos y condiciones.

  4. 4

    Asesoramiento independiente

    La normativa exige que recibas asesoramiento independiente antes de contratar. Es una protección para ti.

  5. 5

    Firma en notaría

    Con toda la información revisada y tras el plazo legal de reflexión.

Aspectos que debes valorar con calma

  • La deuda crece con el tiempo. Los intereses se acumulan año tras año, de modo que la cantidad a devolver puede llegar a ser una parte importante del valor de la vivienda.
  • Reduce la herencia. Es la consecuencia natural del producto y conviene que tus herederos lo sepan.
  • Renta temporal o vitalicia. Si la renta se pacta por un número de años, puede agotarse antes del fallecimiento. Para asegurar ingresos de por vida suele combinarse con un seguro de rentas, que tiene su propio coste. Nosotros no comercializamos seguros; te explicamos cómo encaja en la oferta de la entidad.
  • Gastos. Tasación, notaría, registro y, en su caso, el seguro. Pide siempre el detalle completo.
  • Fiscalidad. Tiene un tratamiento específico. Consúltalo con un asesor fiscal.

Información oficial

El Banco de España publica una guía de acceso a la hipoteca inversa en su Portal del Cliente Bancario. Te recomendamos leerla antes de decidir.

Alternativas a comparar

La venta de la nuda propiedad (vendes la casa conservando el derecho a vivir en ella) y la renta vitalicia inmobiliaria persiguen un objetivo parecido con consecuencias distintas: en ambas dejas de ser propietario. La hipoteca inversa es la única de las tres en la que mantienes la propiedad.

Preguntas frecuentes sobre la hipoteca inversa

¿Pierdo la propiedad de mi casa?

No. Con una hipoteca inversa sigues siendo el propietario de tu vivienda y puedes seguir viviendo en ella. La vivienda actúa como garantía del préstamo, igual que en una hipoteca convencional, pero no cambia de manos. Es la principal diferencia frente a la venta de la nuda propiedad o la renta vitalicia.

¿Cuánto dinero puedo recibir?

Depende principalmente de tu edad, del valor de tasación de la vivienda y de la modalidad que elijas (renta mensual, importe único o mixta). Cada entidad aplica sus propios cálculos, por lo que las cifras varían. Para darte una orientación fiable necesitamos conocer esos datos y pedir propuestas concretas.

¿Mis herederos heredan la deuda?

Heredan la vivienda y, con ella, la deuda acumulada. Pueden cancelarla y conservar la casa, o venderla, saldar la deuda y quedarse con la diferencia. Si prefieren no hacer ninguna de las dos cosas, la entidad puede cobrarse con la vivienda, con los límites que establece la normativa.

¿Puedo cancelarla antes de tiempo?

Sí. Puedes cancelar la hipoteca inversa de forma anticipada devolviendo el dinero recibido más los intereses generados hasta ese momento. Las condiciones de cancelación deben figurar en el contrato, así que conviene revisarlas antes de firmar. También tus herederos pueden cancelarla llegado el momento.

¿Puedo alquilar o vender la vivienda después?

Seguir siendo propietario te permite, en principio, vender, y en ese caso se cancela la deuda con el importe de la venta. El alquiler puede estar sujeto a condiciones o al consentimiento de la entidad. Son puntos que dependen de cada contrato y que revisamos contigo.

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¿Quieres valorarlo con calma?

Hablamos contigo y, si lo deseas, con tu familia. Sin compromiso de contratar nada.